jueves, 20 de mayo de 2010

Ingresar a la Iglesia Católica

Desde hace tiempo la Santa Sede recice decenas de comunicaciones por día de personas que en todo el mundo dicen querer ingresar a la Iglesia Católica. Esto es muy bueno cuando esas palabras son sinceras y verdaderas, sin embargo otras personas mienten y buscan sacar provecho de nosotros. Por esa razón, el Cardenal Secretario de Estado, SER Cardenal Emilio Javier de la Compasión a quien Su Santidad Alejandro IX ha encargado el diálogo con los clerigos que deseen entrar en comunión con esta Santa Sede ha confirmado que antes de cualquier "apertura", es menester que los interesados demuestren verdaderos y sinceros deseos de paz y comunión con el Papa Alejandro IX. por ello, se prescribe que el primer paso para el ingreso a la Santa Iglesia es la profesión de fe Católica y Juramento de lealtad prescripta por el Santo Padre Alejandro IX felizmente reinante que figura en nuestro sitio web oficial http://icaremanente.webcindario.com/profesiondefe.htm.
Esta es igual para clerigos ordenados extra ecclesiam como para los laicos. El interesado deberá remitir este texto con sus datos personales a nuestro correo electrónico (icaremanente@yahoo.com.ar) y se le informará si la msima es aceptada o no y en que condiciones será recibdo en la Iglesia Católica.
En caso de ser clerigos ordenados extra ecclesiam deberán adjuntar todos los certificados y pruebas correspondientes. En caso de no poseer certificados, las fotografías y testimonios de terceros, junto con la certeza moral bastan.


PROFESIÓN DE FE CATÓLICA Y JURAMENTO AL PAPA ALEJANDRO IX
Yo, NN., poniendo a Dios como testigo declaro libremente que nací fuera de la
Iglesia Católica Apostólica y Romana, más ahora, iluminado por la Luz de la
Gracia, mantengo con fe verdadera todos los artículos de fe de nuestra Santa
Religión contenidos en el Credo de los Apostoles, Credo de Nicea y Credo de
Atanasio.
De la misma manera, mantengo que la Santa Sede estuvo
vacante desde la muerte de Su Santidad San Pío XII acecida en 1958 y que hasta
el año 2006 no hubo sobre la tierra un verdadero Vicario de Cristo.
Condeno el modernismo y todos los errores del falso concilio del Vaticano,
convocado por el Antipapa Roncalli, de la misma forma que condeno y anatematizo
a los antipapas que sucedieron a este: Pablo VI, Juan Pablo I, Juan Pablo II y
Benedict XVI y cualquier otro que se declare sucesor de estos heresiarcas.
Mantengo como verdad de Fe mi obediencia a Su Santidad Alejandro IX, Sucesor
Legítimo de San Pedro, a quien considero el Vicario de Cristo, prometiendole
toda mi sujeción y obediencia.
Dios y todos vosotros carísimos hermanos me
ayuden con este propósito.

Fima
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lunes, 17 de mayo de 2010

Decreto de SS Alejandro IX sobre las apariciones de Santa Rosa

DECRETUM
DE SU SANTIDAD ALEJANDRO IX
SOBRE LAS FALSAS APARICIONES EN SANTA ROSA





Nos, por la Gracia de Dios y no por merito Nuestro, Sumo Pontifice de la Iglesia Católica escribimos a todos los católicos, perop muy especialmente a aquellos que residen en la diócesis de Santa Rosa, en la provincia Argentina de La Pampa en virtud de los fenómenos ocurridos de un tiempo a esta parte. Nos estamos refiriendo a las supuestas apariciones de la Grandísima Madre de Dios, la Augusta Virgen María que, algunas personas dijeron haber recibido.

Una vez notificado el Santo Oficio, Nos decidimos apersonarnos en este lugar y examinar a los videntes.

Luego de un cauteloso examen, varias consultas al Padre Casimiro María de la Compasión y a Monseñor Claudio Augusto Orellanam, que es Obispo Diocesano de Santa Rosa sobre las aptitudes y virtudes morales de los videntes, y tras hablar nosotros mismos con ellos y ser testigos de varios fenómenos procedimos a nuevas averigüaciones y estudios científicos sobre los videntes en momentos de extasis. Los mensajes que dijeron recibir fueron gravados y analizados cuidadosamente por miembros de la Congregación del Santo Oficio.

En dichos mensajes, pudimos encontrar tras varios examenes ciertos terminos y palabras graves, ciertas nociones confusas que, al ser analizadas aún mas de cerca denunciaban claras herejías que no pueden provenir de Dios sino del Maligno.

Es por eso que, teniendo en cuenta el Alto Cargo Apostólico que Nos, Alejandro IX PP, Siervo de los Siervos de Dios, decretamos, establecemos y determinamos:



  1. Queda absolutamente prohibido a los fieles católicos acercarse al lugar de las Apariciones, promoverlas, rezalizar oraciones o cualquier otra actividad religiosa en las inmediaciones, invocando la autoridad de esta.

  2. Mantengase en secreto el nombre de los videntes.

  3. Se proceda a realizar exorcismos sobre los videntes a fin de alejar a Satanás y sus angeles caídos.

  4. Se remueva el Altar construido por los fieles.

  5. Es imperioso que todos los mensajes que fueran trasncriptos sean secuestrados por las autoridades locales pertinentes y entregados al Santo Oficio. Prohibimos que cualquier texto, cualquier mensaje circule entre los fieles.

  6. Todo impreso o toda grabación debe ser entregado a la Sagrada Congregación en un plazo no mayor a diez días desde el momento de la promulgación y publicación de este decreto. Si luego de ese tiempo alguien, sin importar el cargo u oficio en la Iglesia mantuviera consigo estos papeles sin autorización explícita de Nos y de la Sagrada Congregación que Nos muy personalmente presidimos, caerá sobre aquella persona la pena de excomunión.


Esperamos que estas provisiones se cumplan de inmediato en vistas a la filial obediencia debida al Sumo Pontífice.


ALEXANDER IX PP.

Dado en Santa Rosa,

a los 17 días del mes de mayo en el año MMX de la Encarnación.